martes, 13 de octubre de 2009

A PRIMER DEBATE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR

COMUNICADO DE PRENSA No 71

(PUBLICADO EN LA PÁGINA WEB DEL PERIÓDICO EL WWW.ESPECTADOR.COM

Bogotá D.C., martes 13 de octubre de 2009. Las comisiones terceras de Cámara y Senado inician mañana la discusión del Proyecto de Ley 138 de 2009 Senado - 004 de 2009 Cámara, “por la cual se modifica parcialmente la Ley 643 de 2001, que fija el régimen propio del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar”, y que hace ajustes para contrarrestar el decrecimiento de algunas modalidades de juego, y a la vez reglamenta una nuevas modalidades que tienen demanda pero que no tienen ningún tipo de oferta; y con el fin de aumentar la captación de recursos para el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

La Representante María Violeta Niño Morales, coordinadora ponente del proyecto, explicó que en la ponencia para primer debate, “acordamos aspectos tan importantes como darle herramientas a las loterías y a Etesa para suspender los juegos ilegales; fortalecer la función de vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud; ampliar los contratos de concesión entre cinco y ocho años; fijar un cinco por ciento de los derechos de explotación para gastos de administración, y cuando el juego sea operado por terceros; y autorizar la comercialización del billete de la lotería tradicional por medios electrónicos”.

“Se incentiva la asociación voluntaria de loterías y se permite una asociación obligatoria de explotadores (Departamentos y Distrito Capital), cuando la lotería se encuentre en causal de disolución, o tenga una mora superior de dos meses en los giros a los fondos de salud; los juegos localizados solo podrán operar en establecimientos dedicados a esta actividad, y a una distancia mínima de los centros educativos; se cobrarán por los derechos de explotación de juegos localizados, un tres por ciento sobre los ingresos brutos; se fijan como juegos novedosos los que se operan en línea contentivos de las apuestas en eventos, las apuestas de los juegos de casino virtual, y las apuestas deportivas, a los que se les cobrará por derechos de explotación un tres por ciento de sus ingreso brutos”, puntualizó.

La dirigente casanareña explicó que “los aportes parafiscales que se giran a Fondoazar para la seguridad social de los colocadores independientes (los concesionarios aportan el tres por ciento de los derechos de explotación que se genera por la venta colocada de manera independiente, y los colocadores independientes el uno por ciento del precio de venta al público de los billetes, fracciones de lotería, del valor apostado en cada formulario o apuesta permanente), serán directamente administrados por una Fiducia; y la rifa de los bomberos se incluyen dentro del régimen de juegos de suerte y azar, peroro se faculta al Gobierno Nacional para que reglamente las condiciones específicas de las mismas”.


2 comentarios:

jhon jairo gomez dijo...

Observando las modificaciones a la Ley 643 de 2001, vemos que nuevamente se intenta quitar el beneficio de la excepción de impuestos a las rifas que realicen los Cuerpos de Bomberos del país en forma directa para su funcionamiento. Medida que nos parece inoportuna teniendo en cuenta que el gobierno Nacional a través de la Ley 322 de 1996, reglamentó el servicio bomberil dejando en manos de las administraciones locales la prestación del mismo, y considerando que es un servicio público esencia a cargo del mismo estado, el que incumple con la contratación de dicho serivio ya que los gobernantes de turno siempre expresan la misma excusa, "No hay dinero para contratar éstos servicios", ya los habitantes del común no tienen como donar nada, y a cambio toca hacer peripecias y hasta actos de magua para tratar de conseguir los recursos que permitan en algo de parte subsanar los costos de funcionamiento, amén de que casi nunca el bombero recibe ayuda de ningún tipo.
En hora buena, el año anterior por iniciativa suya, respetada Doctora, se logró seguir contando con la excepción. ojalá que para éste proyecto defienda a los bomberos pobres de nuestro país nuevamente, pues es indiscutible también que en nuestras entidades hay bomberos ricos y otros estamos sumidos en la miseria, hay bomberos oficiales que reciben su sueldo oportuno mensualmente y la gran mayoría de cuerpos de bomberos son voluntarios.
La felicito por su loable labor, y le deseamos éxitos y muchas bendiciones para que siga defendiendo a los más necesitados de nuestra patria.
Su compatriota y Amigo.Jhon Jairo Gómez F.

Anónimo dijo...

Al ver el texto definitivo aprobado en primer debate por la honorable corporación, la modificación al artículo 5° de la Ley 643 de 2001 en sus parágrafos y en lo atinente a las rifas de los Cuerpos de Bomberos ,es importante considerar las garantías las cuales ocupan lugar preponderante en el sorteo de las mismas,desconocemos la estadística pero consideramos que es más difícil hacer cumplir la entrega de un sorteo de una rifa ilegal que aparece a nombre de desconocidos y con responsables y direcciones falsas ,que llegar hasta una entidad reconocida como son los cuerpos de bomberos. La debilididad en la aplicación de la Ley radica en el alto grado de corrupción en la que más de un funcionario público incurre, al no hacer exigible el cumplimiento de la Ley en mención, pues no es desconocido que quienes quieren evitar a toda costa que los bomberos no realicen rifas, son los magnates que en cada departamento manejan los juegos de suerte y azar y que acomodan sus actividades al punto de querer ser los únicos operadores, viendo como enemigos a cualquiera que se atreva a realizar un sorteo o rifar algo. Son ellos los que evaden el pago de los impuestos y si bien aportan para la salud de nuestros Colombianos, cabe resaltar que el servicio que prestan nuestros bomberos está dedicado a toda la comunidad, desde el estrato más bajo hasta el más alto, sin distinción alguna, como héroes anónimos, pues la gran mayoría están desamparados, no tienen sueldo por ser voluntarios, solo una póliza de seguro que solo sirve en caso de muerte, es lo único que el gobierno Nacional ha hecho en favor de éste voluntariado, pero paradógico, hay que morirse para poder acceder a una ayuda o auxilio que no compensa en nada a los familiares.

Ojalá Doctora, para el segundo debate se reconsidere la excepción determinada anteriormente en el pago de impuestos, pues la autorización de los municipios entendemos que se exige para poder vender la rifa, lo mismo que la garantía del pago de premios.Consideramos mejor control el que se siga realizando en forma directa por los cuerpos de bomberos tal como aún se encuentra exigido en el actual artículo 5° de la Ley 643, pues es el verdadero control y más efectivo, y además el apostador cuenta con las garantías legales para reclamar su premio.

Manuel Pérez Contreras, su compatriota y amigo