Bogotá D.C., 16 de diciembre de 2008.
ÍNDICE TEMÁTICO
I. CARGOS DESEMPEÑADOS
II. BALANCE LEGISLATIVO
II. I. Proyectos de reforma constitucional
II. II. Proyectos de ley
II. III Control político
I. CARGOS DESEMPEÑADOS EN EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA- Representante a la Cámara por el Departamento de Casanare.
- Miembro de la Comisión III de la Cámara de Representantes, que maneja los asuntos económicos del País.
- Miembro de la Comisión de Seguimiento Electoral de la Cámara de Representantes.
- Vocera del Partido Cambio Radical en la Cámara de Representantes.
- Codirectora a nivel nacional del Partido Cambio Radical.
II. BALANCE LEGISLATIVO
1. Proyectos de reforma constitucional
Transferencias, solo embargables en algunos casosCoautora del Proyecto de Acto Legislativo 273 de 2008 “por el cual se adiciona con un nuevo inciso el Artículo 356 de la constitución política” (Inembargabilidad de las transferencias).
En el seno de la discusión del proyecto, Niño Morales logró mejorar y modificar la redacción del único artículo del proyecto, al fijar que las transferencias solo se podrán embargar para pagar deudas laborales de salud, educación, agua potable y saneamiento básico, siempre y cuando éstas se ajusten a los fines del Sistema General de Participaciones.
Es de anotar que con la ponencia para segundo debate, se permitía que con el embargo se pagaran deudas laborales de cualquier actividad de las entidades territoriales, aun cuando éstas no tuvieran nada que ver con relaciones laborales autorizadas para ser financiadas por el régimen de transferencias que la Nación le hace a las entidades territoriales.
Así mismo, y en aras de precisar aun más los términos del mencionado proyecto, la dirigente política consiguió que no se embargara un renglón para pagar las deudas de otro renglón. Es decir, si se embargan los recursos del renglón de la educación, es única y exclusivamente para pagar las deudas labores de este renglón, y no para cubrir las de los renglones restantes.
El mencionado proyecto adiciona un inciso al artículo 356 de la Constitución, y establece que “los recursos del Sistema General de Participaciones de los departamentos, distritos y municipios son inembargables. Se exceptúa el pago de los créditos laborales a cargo de las entidades territoriales siempre que se originen en relaciones laborales cuya financiación fuera autorizada con cargo a los recursos del Sistema General de Participaciones, y se financien con los recursos destinados específicamente respecto del sector a que corresponde el reconocimiento de dicho crédito. La ejecución de tales créditos se adelantará conforme a la ley “(Plenaria de la Cámara –Concluida la discusión en primera vuelta - martes 6 de mayo de 2008 – Publicado en el periódico Vanguardia Liberal de Bucaramanga – miércoles 28 de mayo de 2008 – “Embargables en algunos casos”).
Provisionalidad de funcionarios judiciales
- En concertación con los funcionarios judiciales del Departamento de Casanare, la Representante María Violeta Niño Morales respaldó y votó afirmativamente en la Plenaria de la Cámara, el proyecto de reforma constitucional que permiten inscribir en carrera administrativa a los servidores públicos que se encuentren en provisionalidad.
El proyecto de reforma constitucional establece que para que los funcionarios públicos en provisionalidad puedan acceder a carrera pública sin necesidad de concurso público, tienen que tener haberse desempeñado en cargos de carrera durante cinco años como mínimo, y que en este desempeño hayan alcanzado una calificación media del 80 por ciento máximo posible (Proyecto de Acto Legislativo 113 de 2007, por medio de la cual se adiciona el Artículo 125 de la Constitución Política – Primera vuelta - Plenaria de la Cámara – Martes 6 de noviembre de 2007. Nota: El proyecto fue archivado, y actualmente se adelanta un consenso en el Congreso para ser nuevamente presentado en la próxima legislatura).
2. Proyectos de ley
Prácticas restrictivas de competencia
- A cien mil salarios mínimos ascenderá la multa para aquellas empresas que acuerden clandestinamente el establecimiento de precios al consumidor colombiano, y a la vez se le otorgará el principio de oportunidad a los empleados que desde adentro de las empresas denuncien este tipo de irregularidades.
Así lo establece el Proyecto de Ley 333 de 2008 Cámara y 195 de 2007 Senado, “por medio de la cual se dictan normas en materia de integraciones y prácticas restrictivas de la competencia”, que fue aprobado la semana pasada en la Comisión III de la Cámara, bajo la ponencia de los Representantes María Violeta Niño Morales, Simón Gaviria Muñoz, Carlos Alberto Zuluaga, Santiago Castro, Alfredo Ape Cuello y Tito Crissien.
La iniciativa legislativa busca salvaguardar la sana competencia entre las empresas que desarrollen su actividad económica en el País, mediante la asignación de funciones en materia de competencias a una sola entidad pública, como también reglamentar las políticas de adquisiciones y fusiones de las diferentes empresas en el País.
Para la Representante Violeta Niño, “con este proyecto avanzamos en el desarrollo de una competencia mucho más favorable para el consumidor colombiano, y en donde empresas como las de los servicios públicos se vean obligadas a competir en precios, calidad en el servicio, y atención al cliente (Comisión III de Cámara – miércoles 10 de diciembre de 2008 – Proyecto de ley 333 de 2008 Cámara y 195 de 2007 Senado, “por medio de la cual se dictan normas en materia de integraciones y prácticas restrictivas de la competencia)
Tasa a registro de ganado bovinoLos Representantes Violeta Niño, Santiago Castro, Orlando Montoya, Simón Gaviria Muñoz, y Luis Enrique Salas, radicaron en la Comisión III de la Cámara, el informe de ponencia para primer debate del proyecto de ley 142 de 2008 Cámara, “por la cual se establecen las tasas por la prestación de servicios a través del Sistema Nacional de Identificación e Información de Ganado Bovino, SINIGÁN”.
Niño logra concertar con los ponentes un pliego de modificaciones que presentó al texto original del proyecto, y que consiste en precisar que el registro e información de ganado es un servicio público, y por lo tanto se ajusta a lo estipulado para la creación de una tasa, y en donde el Estado recupera el costo total o parcial de ese servicio.
Niño adiciona el término “a cualquier usuario” en el inciso 1 del Artículo 2 del proyecto, para precisar que no solo los propietarios o tenedores están obligados a pagar esta tasa por la prestación del mencionado servicio. Adicionó un último inciso al numeral 1 del Artículo 3, para que en cada uno de los tres sistemas de fijación de la tarifa, se incluyan factores independientes y en ningún caso éstos se contabilicen más de una vez”. Y en numeral 2 del Artículo 3, se acordó que esta tasa se podrá reducir en la medida que una innovación tecnológica así lo amerite (Comisión III de Cámara – viernes 31 de octubre de 2008).
Gratuidad de vacunas
Niño Morales radica en la Comisión Tercera de la Cámara, la ponencia para segundo debate del proyecto de ley 147 de 2008, “por el cual se establece la gratuidad y cobertura universal de las vacunas de rotavirus y neumococo y se dictan otras disposiciones”, haciendo énfasis en la población pobre y vulnerable mencionada en el ordenamiento legal y constitucional.
La ponencia explica que el Congreso tienen la facultad para elevar a gasto social la vacunación gratuita y universal, aunque advierte que solo al Gobierno le corresponde decidir en qué momento incluye esas partidas en el proyecto anual de presupuesto, teniendo en cuenta la Ley Orgánica del Presupuesto y los artículos 350 y 366 de la Constitución Política.
Esta iniciativa aclara además que se tendrá como prioridad las vacunas de rotavirus y neumococo (sin desconocer las vacunas incluidas en los planes vigentes), y establece un plazo no mayor de tres años contados a partir de la promulgación de la Ley, para establecer la total gratuidad y universalidad en el correspondiente esquema de vacunación. (Comisión III de Cámara - jueves 23 de octubre de 2008 – “Inicia discusión de gratuidad y cobertura universal de vacunas”, Página Web de la FM de RCN, lunes 27 de octubre de 2008 y en Pagina web de la Cámara de Representantes:
http://www.camara.gov.co/ , lunes 26 de octubre de 2008).
Coordinadora Presupuesto 2009
- Fue designada Coordinadora ponente del proyecto de ley 041/08 Cámara y 062/08 Senado, “Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009”, y que asciende a 140.5 billones de pesos y supera al de este año en un 13.1 por ciento, y además las transferencias a las regiones ascienden a más de 22 billones de pesos, un 14,2 por ciento más que el presente año. (Viernes 22 de agosto de 2008 – “Ponente de proyecto”, El Universal de Sincelejo, Sección Políticas, miércoles 27 de agosto de 2008 - Pagina web de la Cámara de Representantes:
http://www.camara.gov.co/ , martes 26 de agosto de 2008).
Es de anotar que el mencionado proyecto fue aprobado en primer debate en las comisiones económicas del Congreso de la República, el pasado miércoles 24 de septiembre de 2008. Para el próximo segundo debate, fueron anunciadas dos proposiciones de la Representante Violeta Niño y otros congresistas, en el sentido de adicionar cien mil millones de pesos para el Ministerio de Vivienda y Desarrollo Territorial, y otra partida similar para el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Coordinadora reforma juegos de suerte y azar
- Fue designada coordinadora ponente del proyecto de Ley 194/07 Cámara y 3235/07 Senado, “Por la cual se modifica parcialmente la Ley 643 de 2001 que fija el Régimen propio del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar”, que inicia en septiembre su discusión en la plenarias de Cámara y Senado, fue discutido y aprobado en las comisiones económicas del Congreso, y en donde la Representante Violeta Niño logró que el Gobierno no tenga la facultad de expedir los requisitos para la constitución de nuevas empresas administradoras de loterías, que las rifas de los bomberos no sean sometidas a las obligaciones de la ley de juegos de suerte y azar, y que la Superintendencia Nacional de Salud siga teniendo la facultad de suspender los juegos no autorizados. (Viernes 22 de agosto de 2008 – “Ponente de proyecto”, El Universal de Sincelejo, Sección Políticas, miércoles 27 de agosto de 2008 - Pagina web de la Cámara de Representantes:
http://www.camara.gov.co/ , martes 26 de agosto de 2008).
Aprueban conciliación de sanción a violencia contra la mujerLa Plenaria de la Cámara aprobó el informe sobre las objeciones presidenciales al proyecto de ley que previene y sanciona las distintas formas de violencia y discriminación contra las mujeres, y que fue presentado por una comisión de la bancada femenina del Congreso, integrada por las Representantes María Violeta Niño Morales, Miryam Paredes, Clara Pinillos, Carmen Gutiérrez, Gloria Stella Diaz, Orsinia Polanco y Karime Mota, y las senadoras Gina Parody, Nancy Patricia Gutiérrez, Alexandra Moreno Piraquive, y Claudia Rodríguez de Castellanos.
El mencionado informe coincide con las objeciones presidenciales en el sentido de eliminar la expresión “así como de reparar a las víctimas y restablecer sus derechos” (numeral 3 del Artículo 6), porque esto implicaba al Estado responder patrimonialmente a las víctimas por delitos diferentes a acción u omisión de las autoridades publicas, pero a la vez se sostuvo en la decisión de mantener en el mencionado numeral el “principio de corresponsabilidad”, al considerar que el Estado no se puede marginar de una acción colectiva para prevenir cualquier tipo de violencia contra la mujer.
Para la Representante Violeta Niño, “este informe se ajustó a la imparcialidad que el Congreso de la República debe asumir ante el Gobierno Nacional, en el sentido de que estuvo de acuerdo en que no era constitucional establecer esa obligación patrimonial al Estado, pero igualmente advirtió que el Estado en ningún momento puede ignorar el principio de corresponsabilidad”.
El informe sobre las objeciones presidenciales al Proyecto de Ley No 302 de 2007 Cámara 171 De 2006 Senado, acumulado con el Proyecto de Ley 98 de 2006 Senado, “por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los códigos penal, de procedimiento penal, la ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones”, fue igualmente aprobado la semana pasada en la Plenaria del Senado de la República, y ahora le resta la sanción presidencial para ser Ley de la República (Comisión III de Cámara - martes 14 de octubre de 2008 – Publicado en la Página web de la Cámara de Representantes:
http://www.camara.gov.co/ , viernes 17 de octubre de 2008).
Designan comisión de conciliación
Fue nombrada en la comisión que evalúa actualmente las objeciones presidenciales al Artículo 6 del Proyecto de Ley 30/07 Cámara y 171 de 2006 Senado “por medio de la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los códigos penal, de procedimiento penal, la ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones”. Es de anotar que la objeción presidencial consiste en que el Estado no puede responder patrimonialmente a las víctimas por delitos diferentes a acción u omisión de las autoridades publicas (Viernes 22 de agosto de 2008 – “Ponente de proyecto”, El Universal de Sincelejo, Sección Políticas, miércoles 27 de agosto de 2008 - Pagina web de la Cámara de Representantes:
http://www.camara.gov.co/ , martes 26 de agosto de 2008).
Procedimiento sancionatorio ambiental
- En acuerdo con las bancadas de Gobierno y de oposición, la Plenaria de la Cámara aprueba el texto de conciliación del Proyecto de Ley 238 de –2008 - 092 de 2006 senado “por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones”, y tiene pendiente la sanción presidencial para que sea Ley de la república.
Violeta Niño, quien lideró la aprobación de este texto conciliatorio en el interior de Partido Cambio Radical, explica que “este proyecto le va a permitir a las autoridades ambientales sancionar a las personas naturales y jurídicas que infrinjan, por acción u omisión, la legislación ambiental”. (Proyecto de Ley 238 de –2008 - 092 de 2006 senado – Plenaria de Cámara – viernes 20 de junio de 2008 - Esta información fue publicada en la Página oficial de la Cámara de Representantes:
http://www.camara.gov.co/).
Nueva reforma financiera
En el marco de las discusiones del proyecto de reforma financiera, logró que los consumidores financieros tengan derecho a que las entidades vigiladas les expliquen por qué se les negó la prestación de un determinado servicio o producto (Adición de la letra F al Artículo 5 del proyecto de ley 282 de 2008 Cámara, 286 de 2008 Senado, “por el cual se dictan normas en materia financiera, de seguros”, y en donde se aborda el tema de los derechos de los consumidores financieros. - Comisiones económicas del Congreso – miércoles 18 de junio de 2008 – Esta información fue publicada en la Página oficial de la Cámara de Representantes:
http://www.camara.gov.co/).
Así mismo, dos proposiciones más de la dirigente política casanareña fueron aplazadas para el segundo debate, sobre las facultades del defensor del consumidor financiero para interceder ante la entidad vigilada sobre la negación del mencionado producto o servicio.
Reforma a juegos de suerte y azar En el marco de las discusiones del proyecto de ley que modifica la ley de juegos de suerte y azar, consiguió que el Gobierno no tenga la facultad de expedir los requisitos para la constitución de nuevas empresas administradoras de loterías.
La medida estaba incluida en un inciso del Artículo 5 del proyecto de ley, y fue inicialmente aprobada por las comisiones económicas. No obstante, Niño Morales solicitó la reapertura de la discusión del artículo, y finalmente las células legislativas acordaron eliminar el inciso, ante la argumentación de la dirigente política en el sentido de que “es abiertamente inconstitucional delegarle al Gobierno una responsabilidad que directamente le corresponde al Congreso”.
Así mismo, la dirigente política logró en el mismo proyecto que:
- Las rifas de los bomberos no sean sometidas a las obligaciones de la ley de juegos de suerte y azar.
- La Superintendencia Nacional de Salud siga teniendo la facultad de suspender los juegos no autorizados, como lo establece la Ley 643 de 2001, teniendo en cuenta que esta superintendencia no puede perder paulatinamente sus competencias, y que Etesa solo puede vigilar las rifas de carácter nacional.
(Proyecto de Ley 194 de 2007 Cámara, 235 de 2008 Senado, “por la cual se modifica parcialmente la Ley 643 de 2001, que fija el régimen propio del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar”, Comisiones económicas del Congreso – martes 3 y 17 de junio de 2008 – Publicado en la Página oficial de la Cámara:
http://www.camara.gov.co/, en el Diario del Huila – “Se salvaron rifas de bomberos” – 3 de junio de 2008, y en el periódico El Universal de Sincelejo – Sucre “En primer debate” – jueves 29 de mayo).
Violencia contra la mujer- Proyecto de ley 302/07 Cámara - 171/06-Senado, “por la cual se dictan normas para prevenir, erradicar y sancionar toda forma de violencia contra las mujeres, se reforman los códigos penal, de procedimiento penal, la ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones”.
Este proyecto fue estructurado en el interior de la Bancada de Mujeres en el Congreso, y de la que hace parte la Representante María Violeta Niño Morales, quien lideró además la aprobación de la iniciativa en la Plenaria de la Cámara. Es de anotar que al mencionado proyecto le resta la sanción presidencial para convertirse en Ley de la República.
Entre los aspectos novedosos del mencionado proyecto está una modificación al Artículo 229 de la Ley 599 de 200 o Código Penal: “El que maltrate física, sicológica y sexualmente a cualquier miembro de su núcleo familiar, incurrirá, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor, en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años”.
La mencionada modificación continúa así: “La pena se aumentará de la mitad a las tres cuartas partes cuando la conducta recaiga sobre un menor, una mujer, una persona mayor de sesenta y cinco (65) años o que se encuentre en incapacidad o disminución física, sensorial y psicológica o quien se encuentre en estado de indefensión. (Artículo 31 del Proyecto). (Plenaria de la Camara – junio 17 de 2008).
Establecimientos penitenciarios- Ponencia negativa al Proyecto de Ley 274 de 2008 CÁMARA “por medio de la cual se otorga un beneficio a predios afectados por la construcción de Establecimientos Penitenciarios y Carcelarios en el país y se dictan otras disposiciones”.
La ponencia negativa o solicitud de archivo del proyecto se fundamentó en que al congelar el impuesto predial por el lapso de diez (10) años, para los predios que son afectados por la construcción de los mencionados establecimientos, se estaría violando el principio constitucional de la descentralización política, administrativa y financiera de los municipios, puesto que el impuesto predial es una competencia exclusiva de los mismos (Comisión III de la Cámara – Junio de 2008).
Sobretasa al carbón- Ponencia negativa al Proyecto de Ley 252 de 2008 “Por el cual se establece una sobretasa de impacto ambiental a la exportación del carbón por los puertos marítimos y fluviales y se crea un Fondo Fiduciario para el manejo de dicha sobretasa”.
La ponencia negativa o solicitud de archivo del proyecto se fundamentó en que una sobretasa implica un impuesto preexistente, y el mencionado proyecto no lo menciona, y se limita a establecer un gravamen que recae en la exportación directa del carbón y en su precio de colocación (Comisión III de Cámara, junio de 2008).
Modificación a regalíasCon una proposición que presentaron los representantes de Cambio Radical María Violeta Niño Morales y Néstor Homero Cotrina, al proyecto de ley 106 de 2007 que modifica el artículo 14 de la Ley 756 de 2002, y el literal a del artículo 15 de la Ley 141 de 1994, se logró que los municipios productores de recursos no renovables también puedan invertir sus regalías en la construcción, mantenimiento y mejoramiento de vías urbanas y rurales que estén a cargo de las entidades territoriales, como también en la formulación y consolidación de proyectos productivos de alto interés regional (Plenaria de Cámara – martes 13 de mayo de 2008)
Cargos provisionalesNiño Morales votó afirmativamente la totalidad del articulado del proyecto de ley 171 de 2007, que impide que sean separados de sus cargos los funcionarios que, en el momento de la de la publicación de Ley 909 de 2004, estaban en calidad de provisionales en cargos públicos vacantes de forma definitiva, siempre y cuando no incurran en los causales de despido establecidos por el Artículo 41 de la ley de carrera administrativa.
El proyecto de ley 171 de 2007 incluye además que no se exija período de prueba y adquieran desde el momento de su nombramiento los derechos de carrera, los empleados que hayan sido nombrados en provisionalidad después de la vigencia de la Ley 909, siempre y cuando hubiesen concursado para el empleo que venían desempeñando en provisionalidad o encargo, y que puedan ser nombrados en dicho empleo como resultado del concurso público.
Así mismo, fue coautora de dos artículos nuevos que se aprobaron dentro de la discusión del proyecto en la Plenaria de la Cámara. Uno en el sentido de que no sean separados de sus cargos los servidores y empleados de la Fiscalía General de la Nación que, a la entrada en vigencia de la Ley 938 o Estatuto Orgánico de la Fiscalía, estuvieran ocupando cargos de provisionalidad, a no ser que incurran en las causales previstas en el Artículo 77 del mencionado estatuto.
Y otro artículo en el sentido de que las listas de elegibles en los concursos públicos, para los sistemas de carrera específicos, especiales y generales, tengan una vigencia de tres años, contado a partir de la fecha en que las mismas sean publicadas.(Plenaria de la Cámara - Lunes 7 de abril de 2008. Nota: El mencionado proyecto de ley se encuentra actualmente en estudio en la Corte Constitucional).
Reforma a Acta de informe de gestión
- Autora del Proyecto de 257 de 2008, “Por medio de la cual se modifica parcialmente y adiciona la Ley 951 de 2005”.
Ante el incumplimiento de los funcionarios públicos de las entidades territoriales en la entrega obligatoria del Acta de Informe de Gestión a quienes legalmente los sustituyan en sus funciones, la Representante de Casanare María Violeta Niño Morales radicó un proyecto de ley que modifica la Ley 951 de 2005, y que busca fundamentalmente que las asambleas y concejos reglamenten esta figura, teniendo en cuenta además las condiciones específicas de cada entidad territorial.
El proyecto de ley 257 de 2008 establece además que las Asambleas Departamentales, los Concejos Distritales, las Juntas Metropolitanas y los Concejos Municipales tendrán para la reglamentación del Acta de Informe de Gestión, un plazo no mayor a seis meses contados a partir de la promulgación de esta ley, advirtiendo que “es causal de mala conducta sancionable disciplinariamente como falta grave, omitir la reglamentación respectiva”.
La iniciativa legislativa de Niño Morales establece que el funcionario público tendrá un plazo de quince días hábiles para entregar el Acta de Informe de Gestión no solo a quienes lo sustituyan (como lo establece la Ley 951), sino que en el ámbito de su competencia se entregue también a las contralorías departamentales, las contralorías distritales, las contralorías municipales, las personerías municipales, las veedurías ciudadanas o juntas de vigilancia a nivel nacional y en todos los niveles territoriales.
Así mismo, el proyecto establece que las Contralorías Distritales, las Contralorías Departamentales y las Contralorías Municipales tendrán un plazo máximo de tres meses a partir de la promulgación de esta ley, para que expida la metodología correspondiente a la Acta de Gestión, advirtiendo que “es causal de mala conducta para el contralor respectivo, sancionable disciplinariamente como falta grave, omitir la prescripción respectiva”. (Secretaría General de Cámara – jueves 12 de marzo de 2008).
Reglamentación de las transferencias
(Ley 1176 de 2008)
En el proyecto de ley 118 de 2007 Cámara, que reglamentó la reforma constitucional sobre las transferencias, y que consiste básicamente en los recursos que la Nación le gira a los municipios para educación, salud, y saneamiento básico y agua potable, la Representante Violeta Niño logro:
Elimina inciso de regalías
Primero, y ante la expectativa de los municipios productores de petróleo en el Departamento de Casanare, logró acordar con el Gobierno y los ponentes del proyecto que se eliminara el último inciso del artículo 7 del proyecto, que incluía los recursos de las regalías invertidos por los municipios en agua potable y saneamiento básico, como variable para poder disminuir los recursos que se asignan del Sistema General de Participaciones a este renglón (Comisiones Terceras de Cámara y Senado – Miércoles 29 de noviembre de 2007))
Plazos para certificaciónSegundo, introdujo un parágrafo transitorio para que los distritos y municipios tengan hasta dieciocho meses para cumplir con los requisitos de la certificación que les permite acceder a los recursos de saneamiento y agua potable, y un año adicional para aquellos municipios que por circunstancias no imputables se les imposibilite presentar la mencionada certificación, aclarando que a los dos años y medio de la expedición de esta Ley, la Superintendencia de Servicios Públicos y Domiciliarios podrá adelantar la correspondiente tarea de certificar o no a los municipios (Comisiones Terceras de Cámara y Senado – Miércoles 29 de noviembre de 2007)).
No más requisitos para certificación
Tercero, consigue que se elimine un aparte del artículo 5 del proyecto de ley, y que pretendía facultar al gobierno a imponer más requisitos a la certificación que necesitan los municipios para acceder a los recursos que les entrega el Sistema General de Participaciones para saneamiento básico y agua potable, teniendo en cuenta que este mismo artículo enumera requisitos lo suficientemente rigurosos para tal fin (Plenaria de Cámara – 12 de diciembre de 2007).
No delegación de administración de tributos a particulares
Primero, la congresista casanareña consiguió modificar sustancialmente el proyecto de ley 105 de 2007, en el sentido de que los municipios no tengan la facultad de entregar a título de concesión o cualquier título, la administración de los tributos a los particulares, sustituyendo así el término "recaudo y gestión" por el de "administración", que implica la facultad de organizar y gobernar los tributos, y no limitarse a prohibir la simple recaudación y gestión de esos tributos (Comisiones Terceras de Cámara y Senado – Miércoles 29 de noviembre de 2007).
Excepción para entidades financieras y establecimientos comerciales
Segundo, la modificación establece que esta prohibición no aplica para convenios o contratos celebrados con las entidades financieras vigiladas por la superintendencia financiera y establecimientos comerciales, para recibir el pago de los mismos, retenciones, anticipos, sanciones e intereses, y para recaudar dichos recursos o de la cartera o recibir el pago de los mismos, retenciones, anticipos, sanciones e intereses (Comisiones Terceras de Cámara y Senado – Miércoles 29 de noviembre de 2007))
Terminación legal de contratos
Tercero, la modificación estipula que "las entidades que a la fecha de expedición de esta ley hayan suscrito contrato en estas materias, podrán adelantar las acciones legales que corresponda para dar por terminados los mismos, en orden a hacer prevaler el interés general y la vigencia del orden jurídico.
Es de anotar que el texto original del proyecto simplemente ordenaba la revisión de los contratos, y la Proposición de Violeta Niño fue más allá al dejar la posibilidad de adelantar las acciones legales para que estos contratos lleguen a su fin (Comisiones Terceras de Cámara y Senado – Miércoles 29 de noviembre de 2007).
El papel de los organismos de control
Finalmente, la modificación de Violeta Niño señala que "se deberán poner en conocimiento de las autoridades competentes y de los organismos de control cualquier irregularidad que en la suscripción de los mismos o en su ejecución, se hubieren causado, y en ningún caso podrán ser renovados".
Lo anterior porque el proyecto inicialmente planteaba que solamente se deberían poner en conocimiento las irregularidades de detrimento patrimonial, y la propuesta de Violeta Niño amplía el escenario porque las conductas punibles o disciplinarias pueden ser de muy diversa índole en estos casos (Comisiones Terceras de Cámara y Senado – Miércoles 29 de noviembre de 200. Nota: Este proyecto de ley pasa para discusión y aprobación en la Comisión III y Plenaria del Senado de la República).